En el mundo empresarial, la innovación y el desarrollo son cruciales para el crecimiento y la competitividad. Para fomentar estas actividades, existen incentivos como las Deducciones Fiscales por I+D+i (Investigación, Desarrollo e Innovación), diseñadas para premiar el esfuerzo de las empresas en estas áreas.
¿Qué son las Deducciones Fiscales por I+D+i?
Las Deducciones Fiscales por I+D+i son un incentivo fiscal que permite a las empresas reducir su carga tributaria en función de las actividades de investigación y desarrollo que realicen. Estas deducciones se aplican directamente sobre la cuota a pagar del impuesto, pudiendo reducir el pago del Impuesto sobre Sociedades (IS) hasta un 50%.
Tipos de Actividades Calificadas
- Investigación y Desarrollo (I+D): Aquí se incluyen proyectos que generan conocimiento científico y suponen una mejora objetiva en el sector de la empresa. Estos proyectos tienen un mayor porcentaje de deducción debido a su mayor exigencia técnica.
- Innovación Tecnológica: En este caso, los proyectos deben suponer una mejora subjetiva para la empresa, con un menor porcentaje de deducción en comparación con I+D, reflejando un nivel técnico menos exigente.
Aplicabilidad de las Deducciones
Estas deducciones son accesibles para cualquier empresa, sin importar su tamaño, facturación o sector de actividad. Esto democratiza el acceso a los incentivos fiscales, fomentando la innovación en un amplio espectro empresarial.
Gastos Deducibles
Los gastos que forman parte de la base de deducción incluyen aquellos directamente relacionados con un proyecto específico: gasto de personal, materiales, subcontrataciones, etc. Sin embargo, los costes indirectos, como los gastos generales, quedan excluidos.
Compatibilidad con Otros Incentivos
Las Deducciones Fiscales por I+D+i son compatibles con otros tipos de incentivos, como subvenciones y préstamos. En el caso de las subvenciones, estas deben minorarse de la base deducible antes de aplicar los porcentajes de deducción.
Porcentajes de Deducción
- Para I+D: Generalmente, el 25% de los gastos efectuados en el período impositivo. Si los gastos superan la media de los dos años anteriores, se aplica un 42% sobre el exceso. Además, hay una deducción adicional del 17% para gastos de personal cualificado en I+D.
- Para Innovación Tecnológica (IT): El porcentaje aplicable es del 12% de los gastos efectuados en el período impositivo.
Retroactividad
Estas deducciones pueden aplicarse de manera retroactiva en ejercicios fiscales no prescritos, sin necesidad de declaraciones complementarias.
El Informe Motivado Vinculante
Este documento surge directamente de la necesidad de la administración de abordar la incertidumbre asociada a la aplicación de incentivos fiscales a los proyectos de I+D+i. Cuando dicho informe refleja que la empresa satisface todos los requisitos estipulados por la normativa vigente, adquiere el carácter de «Vinculante». En este punto, no solo certifica la elegibilidad del proyecto, sino que también desempeña un papel crucial como un respaldo jurídico sólido.
Ejemplo Práctico
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PROYECTO I+D |
SUBVENCIÓN (25%) |
DEDUCCIÓN 25% |
RETORNO AYUDA + DEDUCCION |
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500.000 € |
125.000 € |
187.500 € |
312.500 € |
Conclusión
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